"La provincia de Córdoba considera se violan en forma arbitraria e ilegal, los preceptos constitucionales contenidos en los artículos 17,18 y 19 de la Constitución Nacional, y que se la trata discriminatoriamente respecto de las otras provincias al obligarla a desistir de acciones judiciales contra el Estado Nacional".
Como Medida Cautelar, el gobernador De la Sota, que encabezó la presentación, pidió que, por el plazo de un año se ordene la suspensión de las retenciones que le vienen efectuando a la Provincia de Córdoba de los recursos de Coparticipación Federal de Impuestos, derivadas de los convenios bilaterales en el marco del “Programa de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas”, suscriptos con fecha 18 de agosto de 2010 y 28 de diciembre de 2011, dado el perjuicio inminente y concreto que su aplicación supone para esta parte.
Como Medida Cautelar, el gobernador De la Sota, que encabezó la presentación, pidió que, por el plazo de un año se ordene la suspensión de las retenciones que le vienen efectuando a la Provincia de Córdoba de los recursos de Coparticipación Federal de Impuestos, derivadas de los convenios bilaterales en el marco del “Programa de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas”, suscriptos con fecha 18 de agosto de 2010 y 28 de diciembre de 2011, dado el perjuicio inminente y concreto que su aplicación supone para esta parte.

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