Call to action: tenés un mes para “ordenar los papeles” si querés aplicar a la Ley de Economía del Conocimiento  

La Ley de Economía -que se aprobó el 10 de junio- comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2020 y tendrá vigencia hasta diciembre de 2029. Para las empresas los beneficios son jugosos, el trámite es online pero antes tenés que ver si cumplís los requisitos. Si lo venías “pateando”, prestá atención a esta nota. 

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Se estima que unas 11.000 empresas de todo el país podrían aplicar a la Ley de Economía de Conocimiento (descendiente de la Ley de Software), de las cuales 50% son del rubro IT. 


El estudio Carranza Torres & Asociados, especialista en asesoramiento legal en tecnología, está gestionando la “aplicación” de unas 20 empresas cordobesas. Segundo Carranza Torres, director del estudio, aclara algunos puntos sobre las condiciones y los beneficios. Veamos

Requisitos 

  • El primer paso es que la empresa declare que su actividad “sea una de las actividades promovidas”, aclara. Y que su código de facturación sea el correspondiente a su actividad (la Afip lo reglamenta). 
  • Acreditar mejora continua: se refiere a certificar normas de calidad. “Para algunas actividades muy específicas que no tienen normas de calidad, se busca que algún organismo como el INTI o el INTA certifique que hace mejora continua de sus procesos”. 
  • Invertir en capacitación de empleados.
  • Acreditar exportaciones de bienes o servicios. 

Las micropymes menores de 3 años solo deben acreditar actividad. El resto de las empresas además de declarar su actividad y el 70% de su facturación en eso, deben cumplir 2 de las 3 condiciones: mejora de proceso, investigación y desarrollo, o exportaciones.

A partir del 1 de enero, las organizaciones se podrán inscribir online (pero la web todavía no está activa). Las empresas que aplicaban a la antigua Ley de Software tienen hasta el 31 de diciembre de este año para exponer que desean continuar con el régimen y luego, tendrán hasta el 30 de junio de 2020 para ajustarse a los requisitos.

“A algunas empresas les genera sustanciales beneficios, les cambia radicalmente la ecuación económica”, dispara Carranza Torres.

Con respecto a los beneficios: 

  • Ganancias, pasan a pagar el 15% 
  • Contribución patronales: “Básicamente una parte no la vas a pagar y la otra parte te va a generar un bono para que vos pagués otros impuestos”, explica.
  • Estabilidad fiscal, es decir que mientras la empresa esté dentro del régimen no le podrán aumentar los impuestos.
  • No te podrán aplicar retenciones y percepciones de IVA.
  • Evita una doble tributación de ganancias para las empresas que exportan servicios o productos. En este caso lo que se paga en el exterior genera un “crédito” para Argentina.

Software, nanotecnología, biotecnología, servicios geológicos, industria audiovisual, videojuegos, inteligencia artificial, impresión 3D, robótica, industria espacial y satelital, y servicios profesionales destinados a la exportación son algunos de los sectores que serán beneficiados. 


“Lo que busca esta ley en cierta manera es que en Argentina se instalen empresas que mejoren continuamente los procesos, que exporten servicios, que contraten gente para esta clase de empleos”, concluye.

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